Recientemente, hemos recibido Sentencia estimatoria de una reclamación donde se planteaba la existencia de responsabilidad por la lesión y posterior muerte de vacas de una explotación ganadera que habían recibido un tratamiento de podología practicado por un veterinario, por el cual se precisaba el uso de un potro para sujetarlas. Si bien el veterinario llevó a cabo los trabajos en varias vacas de la explotación, las últimas del grupo salieron aparentemente lisiadas, hasta el punto de morir y/o tener que ser sacrificadas. A raíz de la muerte de estas, se realizaron unas necropsias de campo a fin de descartar infecciones o enfermedades peligrosas por la manada.
Una vez agotadas las posibilidades de entendimiento extrajudicial, se convino promover una demanda de reclamación de cantidad por responsabilidad civil donde se reclamaban varios conceptos, tales como el valor de reposición de las vacas lecheras muertas, el coste de tratamientos veterinarios y eutanasia, y también el lucro cesante por la pérdida de producción lechera, proponiendo una pericial exhaustiva al respeto, así como también el testigo de algunos veterinarios conocedores.
Por su parte, el veterinario demandado y su compañía aseguradora se fundamentaban básicamente en la falta de responsabilidad, negando la relación de causa-efecto entre la intervención del profesional y la muerte de los animales, refiriendo que las vacas en cuestión tenían que presentar algún tipo de enfermedad o patología previa que sería la causa de la muerte, tal y como indicaba su perito propuesto, recriminando también el hecho que no se hubiera practicado una autopsia completa a instancia de la perjudicada.
La Sentencia de primera instancia desestimó la demanda, asumiendo los razonamientos exculpatorios de los demandados, y fundamentando la resolución con base en jurisprudencia sobre la negligencia civil en el ámbito sanitario, de medicina general o veterinario clínico.
De este modo, al recurso de apelación que promovimos se criticaban varios errores de la valoración de la prueba y también del error en la aplicación del derecho que indicaba Juzgado, toda vez que se confundía el que se denomina un encargo “de medios”, como podría ser una delicada operación de un animal de compañía, con el que es un encargo “de resultado”, como sería el recorte de las pezuñas de las vacas, aunque todo se trate de trabajos que pueda realizar un veterinario.
La Audiencia Provincial de Lleida ha revocado la Sentencia del Juzgado, estimando íntegramente la reclamación formulada, y apreciando que de toda la prueba practicada se puede deducir que la causa de la muerte fue derivada de la lesión que sufrieron mientras el veterinario las manipulaba, si bien la necropsia de campo realizada como procedimiento habitual en explotaciones ganaderas también ayuda a descartar la tesis de los demandados sobre una supuesta patología previa de los animales.
El presente artículo es meramente divulgativo y no supone asesoramiento ni compromiso de actualización.
Para mayor información o asesoramiento, contactáis con info@fernandezadvocats.es.


