Obtención de indemnización por daños y perjuicios provocados por el INSS al denegar la brecha de género en jubilación a un cliente.

Dic 20, 2024

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Recientemente, desde el equipo del departamento laboral hemos tenido la oportunidad de resolver un conflicto legal referente a la denegación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del complemento por brecha de género en la jubilación de uno de nuestros clientes. Este caso, que involucraba a un pensionista que fue discriminado al no percibir el complemento de paternidad, se resolvió de manera satisfactoria mediante una sentencia favorable.

La sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Lleida número 73/2024 reconoció a nuestro cliente el derecho a percibir el complemento de paternidad por brecha de género, aplicable a las personas jubiladas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, por cada uno de sus hijos. Además, se logró el reconocimiento con efectos retroactivos desde el mismo momento de la jubilación y, por tanto, también se garantizó el pago de los atrasos correspondientes.

En la misma sentencia, y siguiendo la doctrina establecida por las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) y de 14 de septiembre de 2023 (C-113/22), así como las resoluciones posteriores del Tribunal Supremo, como la sentencia 977/2023 de 15 de noviembre (recurso 5547/2022), 10030/2023 de 29 de noviembre, 10090/2023 de 30 de noviembre y 10093/2023 de 30 de noviembre de 2023, se estableció subsidiariamente la obligación del INSS de pagar una indemnización por daños y perjuicios al cliente por un importe de 1.800 €, como compensación por las molestias causadas al haberse visto obligado a litigar ante los Tribunales para conseguir el reconocimiento de este complemento, reconociendo que había sido discriminado y vulnerado su derecho a la igualdad (artículo 14 CE).

Proceso Legal

En este caso, nuestro cliente solicitó inicialmente el pago del complemento por brecha de género de manera independiente. Sin embargo, le fue denegado por el INSS en primera instancia y su reclamación previa fue desestimada. Tras la denegación por parte del INSS, interpusimos una demanda ante el Juzgado de lo Social, que finalmente estimó la demanda y reconoció el derecho al complemento, los atrasos y la indemnización por daños y perjuicios por un importe de 1.800 €.

Otros Supuestos Similares

En otros casos, se ha logrado la percepción de la indemnización por daños y perjuicios cuando el INSS ha acabado aceptando el criterio establecido por el Tribunal Supremo de pagar el complemento por brecha de género con efectos retroactivos, después de que el beneficiario se haya visto obligado a acudir a los Tribunales.

Es cierto que, en supuestos de otros clientes, como por ejemplo en la sentencia Nº 195/2024 dictada por el Juzgado nº 1 de Granollers, se ha limitado la indemnización al importe de 600 €, aunque la mayoría de sentencias respetan el límite establecido por el Tribunal Supremo de 1.800 €.

Discrepancia entre Tribunales

Cabe destacar la discrepancia existente entre varios tribunales, ya que, mientras muchos tribunales reconocen la compensación en la cuantía máxima de 1.800 € establecida por el Tribunal Supremo, otros, como el Juzgado de lo Social de Granollers, la reducen al importe de 600 €. No obstante, en todos los casos, los beneficiarios tienen derecho a ser indemnizados por este concepto, ya que se ha vulnerado su derecho a la igualdad.

 

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